More

    Venezuela se debate entre una Ley de Amnistía y unas “primarias” de oposición

    Carmen Carrillo

    Nicolás Maduro está fuera del territorio nacional por circunstancias ajenas a su voluntad. Esa realidad crea un vacío jurídico que la Constitución actual de Venezuela no llena.

    Pero eso no significa que no haya gobierno en Venezuela. La Carta Magna señala que en ausencia del Presidente, el Vicepresidente suple la falta. Por lo tanto, por ahora, Delcy Rodríguez es la responsable de mantener al país en orden.

    Esa sería una sentencia lógica. Pero recordemos, cuando Cecilia Sosa y Ramón Escobar Salom, la primera presidente de la antigua Corte Suprema de Justicia y el otro Fiscal General de la República, tomaron la decisión de saltarse a la torera la Ley para sacar a Carlos Andrés Pérez el 18 de mayo de 1993, abrieron la puerta para todo lo que vino luego.

    El pésimo segundo gobierno de Rafael Caldera y después el chavismo con Chávez y Fidel Castro quienes sometieron a un país con una fuerza silenciosa que pasó a dirigir los destinos de una nación y que posteriormente por la vía de las sanciones, terminó con el espinazo partido como diría alguna vez un ministro famoso.

    Que a nadie se le olvide que lo hecho a CAP II generó la situación actual del país. Se podría querer o no querer a CAP pero lo que es cierto, es cierto. Esos lodos trajeron estos barros.  Con CAP II las acusaciones fueron de corrupción. Al final no se pudo probar nada.

    Pero el mal ya estaba hecho, bajaron al país del tren del progreso y lo retrotrajeron al “avance” exhibido por Cuba: Peloteros y jineteras.

    A CAP II le hicieron exactamente lo mismo que ha hecho la godarria caraqueña con su máxima representante María Corina Machado, en estos momentos, a Nicolás Maduro y ahora a Delcy Rodríguez.

    Poco a poco la Fiscalía Norteamericana cambia la calificación de los delitos porque no existe el Cartel de Los Soles, si no hay Cartel de los Soles, no hay envío de drogas y si no hay envío de drogas, no hay ataque a la nación norteamericana.

    En ambos casos, CAP y Nicolás, nuestra godarria construyó una narrativa. El primero fue corrupto y por eso tenía que salir y el otro era el “papá” del narcotráfico, tenía el cartel de los soles, apoyó a las Farc y claro, el gobierno no fue que se ayudó. Los cubanos fueron eficientes.

    Es como si los cubanos de Cuba y los cubanos de Miami, junto al gobierno norteamericano, con Barak Obama a la cabeza, y con las solicitudes de los venezolanos de “oposición” en el exilio, se hubieran puesto de acuerdo para destruir a Venezuela.

    ¿Qué dice la Constitución Nacional?

    Seguramente mi osadía ofenderá a los Constitucionalistas del país. Pero no se nos debe olvidar que quienes son doctores constitucionales generalmente descienden de la Godarria caraqueña o son empleados de las trasnacionales.

    Los constitucionalistas chavistas son demasiado ignorantes, con la excepción de Jorge Rodríguez, quien sabe de leyes más que un experto. Y la misma Delcy también.

    El artículo 233 considera falta absoluta cuando el Presidente deja el cargo de forma definitiva por alguna de estas causas:

    Muerte, renuncia, destitución por el Tribunal Supremo de Justicia, incapacidad física o mental certificada por una junta médica, abandono del cargo (declarado por la Asamblea Nacional) o revocatorio popular.

    Eso genera las siguientes consecuencias:

    *Si ocurre antes de la toma de posesión: El Presidente de la Asamblea Nacional asume el cargo y se convocan elecciones en 30 días.

    *Si ocurre en los primeros 4 años de mandato: El Vicepresidente Ejecutivo asume temporalmente y se convocan elecciones en 30 días.

    *Si ocurre en los últimos 2 años de mandato: El Vicepresidente Ejecutivo asume la Presidencia hasta completar el período constitucional.

    El artículo 234 se refiere a la falta temporal que sucede cuando el Presidente se ausenta momentáneamente de sus funciones.

    Entonces es suplido por el Vicepresidente Ejecutivo hasta por 90 días, prorrogables por la Asamblea Nacional por 90 días más.

    Si la falta temporal se extiende más allá de estos lapsos (total de 180 días), la Asamblea Nacional debe decidir si se considera como una falta absoluta.

    El artículo 235 se refiere a las ausencias del Territorio Nacional y se explica que cualquier ausencia del país por parte del Presidente por un lapso superior a cinco días consecutivos requiere autorización de la Asamblea Nacional o, en su defecto, de la Comisión Delegada.

    Es obvio que la ausencia de Nicolás Maduro de la presidencia fue en contra de su voluntad pero la Constitución no establece ese escenario, por lo tanto, el más lógico es el artículo 234, falta temporal.

    Hasta que la justicia norteamericana no concluya, la ausencia de Nicolás es temporal porque él no se fue por su voluntad: A él se lo llevaron, que son dos cosas distintas.

    ¿Cuáles elecciones?

    En estos momentos, el país vive dos escenarios: La discusión de la Ley de Amnistía que hace el gobierno de Delcy Rodríguez  y la convocatoria a elecciones que hace el “gobierno en el exilio” de María Corina Machado.

    En cuanto a la Ley de Amnistía, la oposición no logra llenar ni la sala de una casa pero además quienes deben explicarla tampoco la entienden y sólo declaran que la Ley no sirve que no le da derechos a la gente.

    El gobierno va viento en popa con su Ley. Hace un ejercicio de democracia para el gobierno norteamericano pero ellos cuentan con un “bosque de brazos” en la Asamblea Nacional, así que van “caballo blanco”.

    María Corina Machado trata de embochinchar al país convocando a unas primarias para elegir los candidatos para las alcaldías, concejalías,  consejos legislativos, diputaciones, gobernaciones y si es posible Asamblea Nacional.

    Claro, nadie sabe para qué porque aun no se ha resuelto el caso Maduro en la Fiscalía Norteamericana.

    Pero la oposición de María Corina Machado se ha montado en esa tesis y va como caballo de bandido: Sin frenos. Pero recuerden a los bandidos siempre los atrapan.

    Al final eso no es más que una distracción para ella mantenerse viva puesto que nivel político no tiene. Bueno, cuando Trump, que tampoco es un genio de la política, considera que ella no tiene capacidad de convocatoria.

    Así que como decía el señor aquel: Aquí estamos y aquí seguimos.

    Artículos Relaccionados

    Ir a la barra de herramientas